En Manhattan, ciudad de Nueva York, si sufre lesiones en un accidente debido a la negligencia de otra persona, tiene el derecho legal de reclamar una indemnización por sus pérdidas. Ya sea que se trate de un accidente automovilístico, un resbalón y una caída, o cualquier otra lesión causada por el comportamiento imprudente o descuidado de otra parte, usted puede tener derecho a una compensación. Los daños que puede reclamar pueden incluir gastos médicos, salarios perdidos y dolor y sufrimiento. Para garantizar que sus derechos estén protegidos, es prudente consultar con un abogado con experiencia en accidentes automovilísticos en Manhattan.
Cuando busque una compensación por lesiones personales, confíe en el equipo legal altamente calificado de Rosenberg, Minc, Falkoff & Wolff, LLP. Con más de mil millones de wones para clientes, nuestros dedicados abogados de accidentes automovilísticos en Manhattan tienen lo necesario para luchar por su causa y obtener los mayores daños posibles en su nombre por parte de las partes responsables.
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¿Cuáles son las políticas del Estado de Nueva York sobre accidentes?
Un abogado experto y experto en accidentes automovilísticos en Manhattan conocerá bien las siguientes políticas, leyes y prácticas del estado de Nueva York (NYS) relacionadas con accidentes.
Seguro sin culpa en el estado de Nueva York
El seguro sin culpa es un aspecto clave del marco de seguros del Estado de Nueva York (NYS). El sistema de seguro sin culpa tiene como objetivo proporcionar una compensación rápida y eficiente a las personas lesionadas en accidentes automovilísticos. Prioriza el reembolso rápido de gastos médicos y salarios perdidos sin necesidad de establecer culpa en el accidente.
La base del seguro sin culpa en el Estado de Nueva York se establece en la Ley de Seguros de Nueva York, específicamente en el Artículo 51, comúnmente conocido como la “Ley Integral de Reparaciones del Seguro de Vehículos Motorizados de Nueva York”.
Ley de Seguros de Nueva York § 5103 - Definiciones
Esta sección establece definiciones vitales para comprender los términos utilizados a lo largo del artículo. Las definiciones clave incluyen aquellas relacionadas con “pérdida económica básica”, “beneficios de origen” y “vehículo de motor”.
Ley de Seguros de Nueva York § 5104 – Beneficios básicos por pérdidas económicas
La Sección 5104 describe los beneficios principales proporcionados por el seguro sin culpa. Estos beneficios, denominados colectivamente beneficios básicos por pérdida económica (BEL), abarcan gastos médicos, salarios perdidos y otros costos esenciales resultantes de un accidente cubierto.
Ley de Seguros de Nueva York § 5105 – Presentación de Reclamaciones de Beneficios Sin Culpa
La Sección 5105 delinea los procedimientos y requisitos para presentar reclamos para recibir beneficios sin culpa. Especifica el plazo dentro del cual se deben presentar las reclamaciones y la información necesaria para su procesamiento adecuado.
Ley de Seguros de Nueva York § 5106 – Beneficios adicionales requeridos de protección contra lesiones personales
Esta sección detalla beneficios adicionales de protección contra lesiones personales que pueden estar disponibles y que cubren diversos gastos médicos y de rehabilitación.
Ley de Seguros de Nueva York § 5108 – Asignación de Beneficios
La Sección 5108 aborda la asignación de beneficios sin culpa y las circunstancias bajo las cuales dichas asignaciones son válidas.
El umbral de lesiones graves en el estado de Nueva York
El Umbral de Lesiones Graves es un concepto crítico en la ley de lesiones personales del Estado de Nueva York (NYS), que determina la elegibilidad de un individuo para presentar una demanda por daños no económicos que surjan de un accidente automovilístico. Un abogado de accidentes automovilísticos sólido y diligente en Manhattan, Nueva York, puede ayudarlo a establecer el umbral de lesiones graves para maximizar los daños.
El umbral de lesiones graves se define principalmente en el artículo 51 de la Ley de Seguros de Nueva York, específicamente en las secciones 5102(d) y 5104(a). Estos estatutos establecen criterios para que las lesiones se consideren “graves” y, por lo tanto, cumplan con el umbral para presentar un reclamo por lesiones personales.
Ley de Seguros de Nueva York § 5102(d) – Definiciones
Esta sección proporciona definiciones cruciales para comprender el umbral de lesión grave. Describe varias categorías y características de lesiones que, si se cumplen, califican a un individuo para reclamar daños no económicos más allá de las limitaciones impuestas por el seguro sin culpa.
Ley de Seguros de Nueva York § 5104(a) – Beneficios Básicos por Pérdida Económica; Beneficios adicionales requeridos de protección contra lesiones personales
La sección 5104(a) aborda la interacción entre los beneficios básicos por pérdidas económicas y el umbral de lesiones graves. Especifica que una parte perjudicada sólo puede emprender una acción legal por daños no económicos si sus lesiones alcanzan el umbral de lesiones graves.
Criterios de umbral de lesión grave
Para alcanzar el umbral de lesiones graves, una persona debe sufrir lesiones que se encuentren dentro de una o más de las siguientes categorías:
- Muerte
- Desmembramiento
- Desfiguración significativa
- Fractura
- Pérdida de un feto
- Pérdida permanente del uso de un órgano, miembro, función o sistema del cuerpo.
- Limitación consecuente permanente del uso de un órgano o miembro del cuerpo
- Limitación significativa del uso de una función o sistema corporal
Comprender el umbral de lesiones graves es esencial para las víctimas de accidentes en Manhattan. Si una lesión califica como “grave”, el individuo puede presentar una demanda por lesiones personales contra la parte culpable con la ayuda de los abogados de accidentes de Manhattan para buscar una compensación por el dolor y el sufrimiento, la angustia emocional y otros daños no económicos más allá de lo permitido. cubierto por un seguro contra toda culpa.
Negligencia comparada en el estado de Nueva York
La negligencia comparativa es un principio legal que permite a los tribunales asignar culpa entre múltiples partes involucradas en un accidente. En el Estado de Nueva York, la doctrina sigue la regla de negligencia comparativa pura. Esto significa que incluso si un demandante es parcialmente culpable de un accidente, aún puede recuperar los daños, pero el monto otorgado se reducirá en proporción a su porcentaje de culpa.
Artículo 14-A de la Ley y Normas de Práctica Civil de Nueva York (CPLR)
El artículo 14-A de la CPLR rige la negligencia comparativa en Nueva York. Las secciones clave incluyen:
Sección 1411 – Negligencia comparativa en general: esta sección establece las bases para la aplicación de la negligencia comparativa en casos de lesiones personales, enfatizando el reparto de la culpa con base en los respectivos grados de negligencia de las partes.
Sección 1412 – Daños recuperables cuando se establece negligencia contributiva o asunción de riesgo: esta sección describe el impacto de la negligencia contributiva de un demandante en sus daños recuperables y explica cómo los daños pueden disminuir según el grado de culpa atribuida a la parte perjudicada.
Aspectos clave de la negligencia comparativa en el estado de Nueva York
Negligencia Comparativa Pura: A diferencia de algunos estados con reglas de negligencia comparativa modificadas, el Estado de Nueva York sigue la doctrina de negligencia comparativa pura. Esto significa que un demandante puede recuperar daños y perjuicios independientemente de su porcentaje de culpa.
Reparto de culpa: Los tribunales del estado de Nueva York determinan el porcentaje de culpa de cada parte involucrada en el accidente. Esto incluye al demandante y a los demandados. Luego, los daños se prorratean en función de estos porcentajes.
Daños Disminuidos: Si un demandante es declarado parcialmente culpable, sus daños recuperables se reducen en proporción a su grado de negligencia. Por ejemplo, si un demandante tiene un 20% de culpa, sus daños se reducirán en un 20%.
La norma de negligencia comparada en el estado de Nueva York destaca la necesidad de contratar a un abogado experto en accidentes automovilísticos en Manhattan, ciudad de Nueva York, para abordar cuidadosamente las complejidades de la determinación de la culpa.
Estatuto de limitaciones en el estado de Nueva York
El estatuto de limitaciones es un concepto legal crucial que establece un límite de tiempo para iniciar procedimientos legales después de un presunto incidente o lesión. En el estado de Nueva York (NYS), varios estatutos dictan los plazos para presentar demandas en diferentes tipos de casos.
Artículo 2 de la Ley y Normas de Práctica Civil de Nueva York (CPLR)
El artículo 2 de la CPLR contiene varias secciones que describen los plazos generales para iniciar acciones en casos civiles. Las secciones clave incluyen:
Artículo 203 - Disposición general sobre prescripción de tiempo: Este artículo establece el plazo de prescripción general de tres años para acciones basadas en lesiones personales, negligencia médica u otros reclamos por daños no patrimoniales.
Artículo 2-A de la Ley y Normas de Práctica Civil de Nueva York (CPLR)
El artículo 2A de la CPLR aborda limitaciones específicas para acciones por negligencia médica, dental y podológica. Las secciones clave incluyen:
Artículo 214-A - Acciones por mala praxis médica, odontológica o podológica: Esta sección detalla las limitaciones para iniciar acciones por mala praxis contra profesionales médicos, con un plazo general de dos años y medio.
Ley y normas de práctica civil de Nueva York (CPLR), artículo 2-B
El artículo 2-B de la CPLR se refiere a acciones de muerte por negligencia. Las secciones clave incluyen:
Artículo 214 - Acciones por muerte por negligencia: Esta sección establece un plazo de prescripción de dos años para iniciar acciones por muerte por negligencia.
Comprender el estatuto de limitaciones en el estado de Nueva York
No iniciar una demanda dentro de los plazos especificados puede resultar en la pérdida del derecho a presentar una reclamación. Consiga abogados experimentados en accidentes de Manhattan de su lado lo antes posible para obtener influencia en la negociación en términos de tiempo antes de que expire el plazo de prescripción.
- Reclamaciones por lesiones personales: el plazo general de prescripción para reclamaciones por lesiones personales en el Estado de Nueva York es de tres años a partir de la fecha del incidente. Esto incluye lesiones resultantes de accidentes, negligencia o daño intencional.
- Reclamaciones por negligencia médica: las reclamaciones por negligencia médica generalmente deben presentarse dentro de los dos años y medio a partir del acto u omisión que supuestamente fue la causa de la lesión.
- Reclamaciones por muerte por negligencia: Las acciones por muerte por negligencia deben iniciarse dentro de los dos años siguientes a la fecha de la muerte.
Informe obligatorio de accidentes en el estado de Nueva York
La notificación obligatoria de accidentes es un aspecto fundamental para garantizar la seguridad pública, facilitar respuestas oportunas y recopilar datos esenciales para el análisis. En el estado de Nueva York, estatutos específicos rigen las obligaciones de las personas, organizaciones y entidades de informar con prontitud varios tipos de accidentes.
Sección 600 de la Ley de Tráfico y Vehículos de Nueva York (VTL): Notificación de accidentes automovilísticos
El artículo 600 de la VTL establece el deber de reportar los accidentes automovilísticos. Los conductores involucrados en accidentes que resulten en lesiones personales, muerte o daños a la propiedad que excedan una cantidad específica deben presentar un informe escrito ante el Comisionado de Vehículos Motorizados dentro de los diez días.
Sección 605 de la Ley de Tráfico y Vehículos de Nueva York (VTL): Abandonar la escena de un incidente sin informar
El artículo 605 de la VTL aborda el delito grave de abandonar el lugar de un accidente sin informar. Los conductores involucrados en accidentes que resulten en lesiones o muerte deben detenerse inmediatamente y reportar el incidente a la policía.
Sección 2805-m de la Ley de Salud Pública de Nueva York: Requisitos de presentación de informes para hospitales
La sección 2805-m de la Ley de Salud Pública impone a los hospitales obligaciones de informar sobre incidentes de daño real o sospechado al paciente durante la atención médica. Los hospitales deben presentar informes al Departamento de Salud sobre ciertos eventos adversos.
Sección 1125 de la Ley de Educación del Estado de Nueva York: Denuncia de abuso o maltrato infantil
La sección 1125 de la Ley de Educación exige que el personal escolar y otros profesionales denuncien sospechas de abuso o maltrato infantil. No informar dichos incidentes puede tener consecuencias legales.
Comprensión de los informes obligatorios
Accidentes de vehículos motorizados: los conductores involucrados en accidentes automovilísticos que resulten en lesiones, muerte o daños importantes a la propiedad deben informar de inmediato el incidente al Comisionado de Vehículos Motorizados.
Instalaciones de atención médica: los hospitales están obligados a informar al Departamento de Salud sobre eventos adversos, incidentes y condiciones que puedan poner en peligro la seguridad o el bienestar del paciente.
Abuso o maltrato infantil: los profesionales que trabajan con niños, como los educadores, deben informar los casos sospechosos de abuso o maltrato infantil a las autoridades correspondientes.
Implicaciones legales del incumplimiento
- No informar accidentes: las personas que no informan accidentes automovilísticos de acuerdo con la Sección 600 de VTL pueden enfrentar consecuencias legales, incluidas multas y posibles sanciones de licencia.
- Abandonar la escena de un accidente: Abandonar la escena de un accidente sin informar, como se describe en la Sección 605 de VTL, es un delito grave que puede resultar en cargos penales, multas y otras sanciones.
- Informes de instalaciones de atención médica: los hospitales que no cumplan con los requisitos de informes según la Sección 2805-m de la Ley de Salud Pública pueden enfrentar acciones regulatorias, incluidas investigaciones y posibles sanciones.
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