Si supera lo que a veces puede ser un proceso legal largo y complejo y finalmente está listo para recibir la compensación que tanto necesita por su caso de negligencia médica, probablemente se sentirá eufórico y aliviado cuando finalmente llegue el dinero del acuerdo. Pero antes de gastarlo todo para pagar facturas acumuladas u otros gastos, es importante tener en cuenta que una parte de su acuerdo podría pertenecer al Tío Sam. Hablar con un abogado con experiencia en lesiones personales puede ayudarle a aclarar sus obligaciones con el IRS.
¿Qué es gravable?
Lo que está y no está sujeto a impuestos en los acuerdos de demandas por negligencia médica depende de para qué se hayan destinado específicamente los fondos. En general, la parte del acuerdo destinada a compensar lo que ya gastó en atención médica por lesiones físicas no está sujeta a impuestos. Sin embargo, otros elementos del acuerdo sí lo están, entre ellos:
- Los salarios de los días de trabajo
- Daños punitivos
- Gastos médicos si ya los ha deducido en una declaración de impuestos anterior
- Intereses sobre un premio acumulados durante el tiempo que su caso estuvo pendiente
- Intereses sobre un premio acumulados durante el tiempo en que el demandado retrasó el pago
En otras palabras, cualquier porción de su acuerdo que pudiera considerarse ingreso que no esté directamente relacionado con el reembolso de gastos médicos probablemente esté sujeta a impuestos.
Lo que no está sujeto a impuestos
Los fondos de indemnización destinados a lesiones físicas y ciertos tratamientos para la angustia emocional no están sujetos a impuestos. Sin embargo, los fondos destinados a compensar el dolor y el sufrimiento derivados de la angustia emocional sí lo están. No obstante, si ya ha deducido gastos médicos de un año determinado en una declaración de impuestos anterior, dichos gastos médicos sí están sujetos a impuestos.
Conozca las implicaciones fiscales de su acuerdo
En Rosenberg, Minc, Falkoff & Wolff, LLP, nuestros abogados pueden brindarle una perspectiva sobre las posibles implicaciones fiscales de un posible acuerdo. Cada caso es diferente, por lo que es importante obtener información específica para su situación. Para una evaluación inicial gratuita de su caso, llame a nuestra oficina de Nueva York al 212-863-9101 local o al 212-344-1000 sin costo, o envíe su información a nuestro formulario en línea para contarnos más sobre su situación.