CONSULTA GRATUITA - ¡LLAME AHORA!

212-ABOGADOS o (212) 344-1000

¿Cuándo no se requiere el testimonio de un experto en un caso de negligencia médica?

En un caso de negligencia médica, la víctima generalmente tiene que presentar el testimonio de un experto médico para respaldar el reclamo. El testimonio pericial demostrará al jurado que hubo una mala conducta por parte del médico, y que dicha mala conducta causó la lesión, y que la lesión resultante es significativa o permanente. Sin embargo, en ciertos casos, un caso de negligencia médica no necesitará el testimonio de un experto médico. La frase legal para “no se requiere peritaje” es “Res Ipsa Loquitor”.

En un caso de negligencia médica, la víctima generalmente tiene que presentar el testimonio de un experto médico para respaldar el reclamo. El testimonio pericial demostrará al jurado que hubo una mala conducta por parte del médico, y que dicha mala conducta causó la lesión, y que la lesión resultante es significativa o permanente. Sin embargo, en ciertos casos, un caso de negligencia médica no necesitará el testimonio de un experto médico. La frase legal para “no se requiere peritaje” es “Res Ipsa Loquitor”.

Cuándo se podrá implementar Res Ipsa Loquitor

La Res Ipsa Loquitor es bastante común en otros tipos de casos, pero en un caso de negligencia médica, suele requerirse el testimonio de un perito médico para respaldar la demanda. Sin embargo, en ciertos casos, puede que no sea necesario.

Esto se puede ilustrar con un ejemplo práctico. Por ejemplo, un paciente se somete a una cirugía en el brazo izquierdo y la operación resulta exitosa. Sin embargo, al salir del quirófano, tiene un vendaje en el brazo derecho y el médico le informa que sufrió una quemadura de tercer grado durante la cirugía. En este caso, la negligencia parece obvia, ya que es imposible que una cirugía realizada en el brazo izquierdo cause una quemadura de tercer grado en el brazo derecho.

Para que Res Ipsa Loquitor sea aplicable se deben tener en cuenta tres aspectos importantes, que son:

Si la lesión habría ocurrido sin negligencia
Si el paciente causó o contribuyó a la lesión
Si el paciente no tenía el control exclusivo del hospital o del médico cuando ocurrió la lesión

Si la respuesta a todas estas preguntas es no, entonces es aplicable Res Ipsa Loquitor y la víctima no necesita el testimonio de un experto médico para respaldar su reclamo.

Res Ipsa Loquitor es Aplicable

En el ejemplo, los médicos utilizaban un dispositivo de calor para cauterizar los vasos sanguíneos sangrantes del brazo izquierdo, donde se realizaba la cirugía. Sin embargo, al usar el dispositivo, tocaron inadvertidamente la tela que cubría el brazo derecho del paciente, la cual se incendió, causando quemaduras de tercer grado. En este caso, se aplicará la Res Ipsa Loquitor, ya que la respuesta a las tres preguntas anteriores será no.

  • La quemadura de tercer grado no podría haber ocurrido a menos que hubiera negligencia.
  • El paciente estaba bajo anestesia cuando ocurrió la lesión, lo que significa que no pudo haber contribuido ni causado la lesión.
  • El paciente estaba siendo sometido a una cirugía cuando se produjo la lesión, lo que significa que no tenía el control exclusivo del hospital y del cirujano.

En este caso, la Res Ipsa Loquitor puede utilizarse no como alegato independiente, sino como parte de la demanda en el pliego de condiciones. Esto significa que no es necesario recurrir a un perito médico para que testifique en apoyo de la demanda.

A pesar de este estatus

Sin embargo, cuando se quieren implementar las mejores prácticas legales, es mejor llamar a un testigo experto, quien podrá explicar claramente al jurado el tipo de cirugía y por qué las quemaduras nunca debieron haber ocurrido.

Abogado de lesiones personales de la ciudad de Nueva York - Logotipo de la ley RMFW invertido

Obtén una consulta gratis

Sin ganar sin comisión

Menú de blogs